Carrito VacíoVolver a la tienda
Llámanos: 958208212
Carrito VacíoVolver a la tienda
Llámanos: 958208212
Desde el pasado 6 de octubre de 2021 está en vigor el decreto-ley por el que se introducen medidas establecidas por el Gobierno a través del Real Decreto-ley 19/2021 de 5 de octubre, para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en forma de subvenciones y ayuda fiscal en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el fin de mejorar la eficiencia energética del parque de vivienda en España, para las que el Gobierno destinará 450 millones de euros. Una medida que tiene como objetivo transformar el parque edificatorio español, tratando de alcanzar así el objetivo a medio plazo de la neutralidad climática e impulsando a corto plazo el empleo en el sector de la construcción y la rehabilitación.
Estoy pensando en cambiar las ventanas de mi casa y he oído hablar de las subvenciones provenientes de Fondos de Ayuda Europea, específicamente para el cambio de ventanas ¿Hay algún tipo de ayudas?
Siempre que la sustitución de ventanas sea para su vivienda habitual o para una destinada al alquiler de vivienda habitual, la respuesta es que sí, estaremos ante la posibilidad de acceder a las ayudas. Existen dos tipologías: la subvención directa y las deducciones fiscales, las dos son compatibles y dependiendo del alcance y el presupuesto de inversión pueden superar el 50 % del coste total de las ventanas.
Si no es para mi vivienda habitual y es para una casa que quiero alquilar los fines de semana ¿hay algún tipo de ayudas?
Si no es para vivienda habitual, con independencia que sea en propiedad o alquiler, no tiene acceso a ninguna de estas ayudas. Usted puede recibir ayudas para una vivienda que quiera alquilar si para el inquilino sí se trata de vivienda habitual. En otro caso los FNG no son aplicables.
¿Qué tipo de ayudas existen?
Para el cambio de ventanas hay dos tipologías de ayudas que son compatibles entre ellas: Subvención directa y Deducciones fiscales.
¿A qué subvención puedo tener derecho por el cambio de las ventanas de mi casa?
Este plan de ayudas depende de las CC.AA. La convocatoria de ayudas en forma de subvención a fondo perdido a la que puede acogerse el cambio de ventanas es muy sencilla. Sustituyendo sus ventanas por nuestras ventanas fabricadas con sistemas comercializados por Persianas Triunfo, usted tiene derecho a una ayuda de un 40 % de la inversión realizada hasta un máximo de ayuda de 3.000 €.
¿Todas las ventanas que se sustituyan están sujetas a estas ayudas?
No todas, son subvencionables la sustitución de ventanas que sus características y prestaciones se puedan adecuar a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire del Código Técnico de la Edificación (CTE Documento Básico DB HE de Ahorro de energía). El CTE establece para las obras nuevas un requisito en los valores de aislamiento térmico y permeabilidad al aire en función de la zona climática en la que se encuentre la vivienda, los valores térmicos exigidos están en la tabla 3.1.1.
Si no quiero cambiar todas las ventanas de mi vivienda ¿Se puede tener también acceso a la ayuda?
Se puede acceder a la ayuda cuando la inversión supere los 1.000 €, cumpliendo este requisito puede actuar sobre las ventanas que usted considere.
¿Qué plazos dispongo para solicitar estas ayudas?
Las ayudas están en vigor y se distribuirán por orden de solicitud hasta agotamiento de los fondos previstos. Si estos no se agotaran, el plazo expirará el 31/12/22 en Cataluña, el 31/08/23 en Extremadura, el 14/10/22 en Galicia, el 31/12/22 en Navarra, el 1/12/22 en la Comunidad Valenciana, el 30/12/22 en Castilla-La Mancha, el 31/12/23 en Cantabria, el 30/06/23 en la Comunidad de Madrid, y el 31/07/24 en la Región de Murcia. Ahora es el mejor momento para solicitarlas, de momento hay fondos y disponemos de ellas hasta final de año.
¿Cuál es el importe mínimo subvencionable?
: El coste mínimo de la inversión ha de ser igual o superior a 1.000 € por vivienda.
¿Esta subvención tributa como Base Imponible del IRPF?
A diferencia de otras subvenciones, los planes sujetos a esta convocatoria no tributan, el importe recibido por estas ayudas está exento de IRPF. Lo único que sí reducen el importe de la inversión en el caso de que también se beneficie de las deducciones fiscales a las que se podría tener derecho por esta actuación.
¿En qué consiste la deducción fiscal si cambio solamente las ventanas?
En este caso, se exige alcanzar una reducción en demanda energética de calefacción y refrigeración de, al menos, un 7%. Cuando esto se logra, la deducción en el IRPF es de un 20% de la inversión realizada hasta un máximo de 5.000 € (es decir una reducción en la cuota del IRPF de 1.000 €).
Con independencia del término Municipal en el que se encuentre su vivienda habitual donde se concedan estas subvenciones, nuestras ventanas superan sin problemas el requisito más exigente de esta tabla 3.1.1 HE 1 del Código Técnico de la Edificación, que es 1,8 W/m2K. Por lo tanto, sustituyendo sus ventanas por unas fabricadas con los sistemas de Persianas Triunfo, tiene acceso a una subvención a fondo perdido del 40 % de la inversión realizada, hasta un máximo de 3.000 € de ayuda.
La tramitación de estas subvenciones las puede hacer directamente usted, pero lo recomendable es hacerlo a través de un gestor energético, el coste de este gestor está también sujeto a las ayudas y en nuestro caso contamos con un gestor que le puede tramitar todas estas ayudas y que tiene un coste asumible (lo recomendable es tener cerrado este coste e informar de forma transparente al cliente, tenemos acuerdos de 350 € por expediente) , hay una serie de documentación que se tiene que presentar y que consiste en:
Formulario específico de solicitud (cada comunidad tiene el suyo)
Documento acreditativo de la propiedad o contrato de alquiler en su caso.
En el caso de que se realice a través de un gestor, el acuerdo de representación
Certificado de Eficiencia Energética del Edificio anterior y posterior a la actuación. Si el cliente dispone ya de él con anterioridad a dos años a la solicitud, este valdrá para el anterior a la actuación
Descripción de las ventanas y justificación del cumplimiento del CTE
Presupuesto detallado, indicando detalle del IVA, medición, materiales y mano de obra
Declaración responsable.
Plano de emplazamiento
Fotografías de las fachadas a color anterior y posterior a la actuación.
Empadronamiento.
Facturas y justificantes del pago: solicitaréis al propietario o al instalador con fecha posterior a la solicitud y no se pueden abonar en efectivo (Dependiendo de la CCAA puede pedirse más documentación)
Persianas triunfo asume el papel de Gestor Energético y le acompañará durante todo el proceso facilitando la gestión y presentación de documentos.